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La Asociación de la Prensa de Málaga anuncia alegaciones al anteproyecto de Ley del secreto profesional –

La Asociación de la Prensa de Málaga anuncia alegaciones al anteproyecto de Ley del secreto profesional –
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  • Publishedjulio 31, 2025
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Asociación de la Prensa Málaga

El Gobierno ha aprobado el anteproyecto de Ley Orgánica reguladora del derecho al secreto profesional de periodistas y prestadores de servicios informativos, en la sesión del Consejo de Ministros del 22 de julio. La norma desarrolla por primera vez de forma específica el artículo 20.1.d) de la Constitución y busca garantizar la confidencialidad de fuentes y comunicaciones en consonancia con el Reglamento Europeo sobre Libertad de Medios (EMFA). Se trata de una regulación reivindicada desde hace años por la profesión periodística que, sin embargo, no exige la titulación de periodista o comunicador audiovisual en la definición de profesional de la información. En este sentido, la Asociación de la Prensa de Málaga (APM) contempla presentar alegaciones al anteproyecto en el plazo correspondiente, según ha anunciado su presidenta, Elena Blanco Castilla. ANTEPROYECTO  DE LA LEY ORGÁNICA El articulado aborda el objeto, la finalidad y el alcance del derecho constitucional a la protección de las fuentes de los profesionales de la información, delimitando quienes son sus titulares, con la siguiente definición:
“Toda persona física o jurídica que se dedique profesionalmente a la búsqueda, tratamiento y difusión de información veraz de interés público, a través de cualquier medio de comunicación, con la finalidad de hacer efectivo el derecho a la información”. En este sentido, además de denunciar la ambigüedad en la definición, la Junta directiva de la APM considera inaceptable que se amplíe este derecho a otras personas, lo que desprofesionaliza la figura del periodista y difumina los límites entre profesionales de la información y creadores de contenido, con el riesgo de que personas sin formación deontológica o ética puedan ampararse en el secreto profesional.Así mismo, la APM considera cuestionable la inclusión de “persona jurídica”, por entender que el secreto profesional es una garantía individual, mientras que empresas editoras o medios no periodísticos pueden tener intereses ajenos al derecho a la información. Por último, tampoco se menciona en el articulado la necesidad de asumir un código deontológico ni la pertenencia a órganos autorregulatorios. La Asociación de la Prensa de Málaga considera que la definición de profesional de la información debe hacer mención expresa a las titulaciones en Periodismo y Comunicación Audiovisual y a aquellos profesionales con carné expedido por Fape y Colegios Profesionales de Periodistas que han acreditado su buen hacer y su aceptación de los códigos deontológicos de la profesión.La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) ha aplaudido la iniciativa, calificándola de “buena noticia para la libertad de prensa y el libre ejercicio del periodismo”. No obstante, sobre la definición del profesional de la información y otros aspectos del documento, consultado su presidente, Miguel Ángel Noceda, manifiesta que espera que en el trámite parlamentario se pueda matizar y mejorar el texto. TEXTO ÍNTEGRO DE SU COMUNICADO.El Colegio de Periodistas de Andalucía (CPPA) tacha el texto del anteproyecto de Ley del secreto profesional de “despropósito” y anuncia así mismo la presentación de alegaciones y sugerencias. Por otro lado, ha iniciado una ronda de contactos con asociaciones de la prensa, facultades de comunicación y sindicatos para propiciar la acción conjunta en defensa de una profesión debidamente formada. TEXTO ÍNTEGRO DE SU COMUNICADO. 

Contenido del anteproyecto

El secreto profesional es un precepto que ya se recoge en la Constitución Española en su artículo 20 y ahora contará con una protección legal del trabajo de los profesionales de la información, incluyendo el secreto de sus fuentes y comunicaciones, y fijando límites al ejercicio profesional que podrán ser establecidos por jueces o tribunales. Así mismo, incorpora reglas internacionales recogidas en el Reglamento sobre Libertad de Medios de Comunicación (EMFA) desarrollado para la Unión Europea.

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