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El Inacif quema más de media tonelada de drogas ocupada en distintos puntos del país

El Inacif quema más de media tonelada de drogas ocupada en distintos puntos del país
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  • Publishedoctubre 26, 2024
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Santo Domingo (RD)- Continuando con el combate al narcotráfico, el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) incineró este jueves más de media tonelada de drogas, correspondiente más del 92% a cocaína, ocupada recientemente en varios lugares a nivel nacional.

El Inacif detalló que en total fueron quemados 508.612 kilogramos de distintos narcóticos, incluyendo 469.431 kilogramos (92.30%) de cocaína y 35.534 kilogramos (6.99%) de marihuana, así como 2.970 kilogramos (0.5839%) de crack, 349 gramos (0.0685%) de ecgonina, 272 gramos (0.0535%) de hachís y 55 gramos de éxtasis (0.0109%).

En adición fueron quemados 5.832 kilogramos de otras sustancias que se determinó en los análisis que no correspondían a drogas, explica el informe sobre la quema de las sustancias.

El peso global de ambas sustancias, positivas y negativas, que fueron incautadas por miembros del Ministerio Público y la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), asciende a quinientos catorce (514) kilogramos, cuatrocientos cuarenta y tres (443) gramos y ciento cuarenta y seis (146) miligramos, los cuales corresponden a un total de novecientos veinte (920) casos.

En Montecristi fueron ocupados 212,430.000 kilogramos, que representa la mayor cantidad, seguido de La Altagracia con 83,097.140, Santo Domingo con 76,046.625, La Vega con 40,270.000 y el Distrito Nacional con 30,828.298.

En el informe el Inacif indica que las incautaciones se realizaron también en Barahona, San Pedro de Macorís, San Cristóbal, La Romana, Peravia, Santiago, Espaillat, El Seibo y Samaná, así como en San Juan, Valverde y Azua, Monseñor Nouel, Duarte, María Trinidad Sánchez, Monte Plata, Independencia y Hermanas Mirabal.

La quema de los narcóticos se realiza de conformidad con las disposiciones de los artículos 33 y 92 de la Ley 50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas de la República Dominicana, y el artículo 26, acápite 3, de Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11.

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